Uso adecuado de los Servicios Públicos
USO ADECUADO DE LOS SERVICIOS PUBLICOS La Subsecretaria del Area Gestión y Administración de Recursos Financieros Educativos de la Secretaría de Educación Mpal., mediante Circular No. 003 del 11 de febrero de 2015, les reitera a todos los Rectores de las Instituciones Educativas Oficiales el uso adecuado de los servicios públicos, en atención a los seguimientos y controles que deben hacerse sobre las Instituciones Educativas Oficiales. Se les recomienda ejercer el control del consumo de los servicios públicos, dando las directrices necesarias a los funcionarios a su cargo al interior de la Institución Educativa. Si se observa que dicho consumo permanece igual de elevado, tal como se viene presentando, se trasladará parte del costo facturado del servicio a la Institución Educativa.
Autorización Horas Extras Docentes
AUTORIZACION Y RECONOCIMIENTO DE HORAS EXTRAS PARA EL PERSONAL DOCENTE El Secretario de Educación y el Subsecretario del Area Gestión del Talento Humano Educativo del Municipio de San José de Cúcuta, mediante Circular No. 0015 del 4 de febrero de 2015, autorizan y reconocen el pago por concepto de Horas Extras al personal Docente, para aquellos casos en que la ausencia temporal del incapacitado(a) sea inferior o igual a los 30 dias calendarios. Las horas extras del personal docente serán autorizadas de acuerdo a la normatividad vigente, siempre y cuando el rector de la Institución Educativa presente oficialmente ante la Secretaría de Educación la necesidad del reemplazo, anexando con ella los documentos exigidos para tal fin.
Reconocimiento Horas Extras
AUTORIZACION Y RECONOCIMIENTO DE HORAS EXTRAS PARA EL PERSONAL ADMINISTRATIVO El Secretario de Educacíon del Municipio de Cúcuta, mediante Resolución 0406 del 27 de enero de 2015, resuelve autorizar el reconocimiento y pago de Recargos Nocturnos, Dominicales, Festivos Diurnos y Nocturnos, al personal Administrativo que cumpla con las labores de seguridad y vigilancia en las Instituciones Educativas Oficiales del Municipio de Cúcuta. Para hacer efectivo dicho pago, los Directivos Docentes a cargo de cada Institución Educativa deberán certificar mensualmente de acuerdo a la normatividad vigente, la labor adelantada por los funcionarios administrativos que hayan sido nombrados en el cargo de Celador.