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Preguntas frecuentes  Senang4D

CALENDARIO ACADÉMICO DE LAS INSTITUCIONES Y CENTROS EDUCATIVOS OFICIALES PARA EL 2017

Que, de conformidad con el numeral 7.12 del artículo 7 de la Ley 715 de 2001, corresponde a los Municipios Certificados organizar la prestación del servicio educativo de su jurisdicción. Que, el Decreto Reglamentario Único 1075 de 2015, establece en su artículo 2.4.3.4.1 que las Entidades Territoriales Certificadas expedirán cada año y por una sola vez el calendario académico para todos los Establecimientos Educativos de su jurisdicción, determinando las fechas precisas de iniciación y finalización incluyendo: el trabajo académico con estudiantes, las actividades de desarrollo institucional, las vacaciones de lo docentes y directivos y el receso estudiantil. Que, según lo dispuesto en el artículo 86 de la Ley 115 de 1994 los educandos tienen derecho a un año lectivo que comprenderá como mínimo cuarenta (40) semanas efectivas de trabajo académico. Que, de conformidad con el artículo 151 de la Ley 115 de 1994 corresponde a las Secretarias de Educación o a los organismos que hagan sus veces en coordinación con las autoridades nacionales y de conformidad con las políticas y metas, organizar el servicio educativo estatal de acuerdo con las prescripciones legales, reglamentarias sobre la materia. Que, se deben determinar las fechas de iniciación y finalización para la jornada escolar y laboral de los Docentes y Directivos Docentes que prestan sus servicios en los Establecimientos Educativos estatales ubicados en el municipio de San José de Cúcuta. Resolución 2563 Calendario Académico 2017

CAPACITACIÓN CON LOS MIEMBROS DE LA RED MIGRANTE EN EL HOTEL BOLIVAR

El 1 de Noviembre del 2016 se llevó a cabo en el Hotel Bolívar  la capacitación a los miembros de la Red Migrante donde se trataron asuntos relativos a la apatridia para poder identificar cuáles son las causas y  las consecuencias. En el caso de Cúcuta o Colombia como tal,  tener la claridad a cerca de la forma de otorgamiento de la nacionalidad  por nacimiento o por adopción y  cuáles son las circunstancias específicas de la adquisición de la nacionalidad,  de los hijos e hijas de extranjeros que se encuentran en Colombia claro está dependiendo de su situación migratoria y e en que caso se puede considerar que la persona esta domiciliada en el país.   Básicamente la capacitación fue dirigida a la red migrante donde participaron la Secretaría de Educación Municipal, Secretaria de Educación  Departamental,  Defensoría del Pueblo,  Personeros Municipales, Migración Colombia, Cancillería, Registraduría  y el ISBF entre otras Instituciones. Es muy importante  que la gente tenga en cuenta que Colombia se adhirió a la Convención de Reducción de la apatridia en 1961,  donde el estado adquirió una serie de compromisos, entonces es fundamental que  tengan conocimiento de que existe un plan de acción  mundial para eliminar  este tipo de problemática.   “La participación de los funcionarios o personas comprometidas con la Red ha sido eficiente, se logró contar con la presencia de los miembros de las Registradurías de algunos municipios, es primordial contar con ellos debido a que tienen la información necesaria, son los que día a día tienen  el conocimiento de nacimientos  de niños hijos de extranjeros que pueden estar presentando Casos de apatridia”. Expresó Indira Murillo consultora de ACNUR.

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