ASIGNACIÓN DE HORAS EXTRAS A UNAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS PARA LABORAR JORNADA ÚNICA
Que, el Artículo 2.3.3.6.1.6 del Decreto 1075 de 2015, tal como fue modificado por el Decreto 2015 de 2017, establece que la duración de la jornada única debe garantizar las intensidades académicas horarias diarias y semanales definidas en el mismo articulo para preescolar, básica primaria, básica secundaria y media, ademas de permitir el desarrollo de actividades complementarias, tales como el descanso pedagógico, la alimentación escolar y otras actividades definidas en el PEI. Que, en cumplimiento a la convocatoria del Ministerio de Educación Nacional, el municipio de San José de Cúcuta presentó mediante oficio radicado 2014EE22898 del 30 de octubre de 2014 la correspondiente propuesta al programa jornada escolar extendida, señalando el uso del pago de horas extras como alternativas de cumplimiento de las intensidades académicas mínimas y los correspondientes planes de estudio, todo de conformidad con lo que disponga el Decreto de salarios para el personal docente de cada vigencia RESOLUCIÓN 0425 – HORAS EXTRAS JORNADA ÚNICA 2019