RECOMENDACIONES PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA LEY 1227 DE 2008, VOTO BAJO TECHO
De conformidad con lo establecido en la Ley 1227 del 16 de julio de 2008 ”por la cual se establece la participación obligatoria de las instituciones Públicas y Privadas en los procesos electorales y se dictan otras disposiciones” y atendiendo a los requerimientos de la PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION Y EL MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL, el Secretario de educación Doctor Jerónimo Ayala Peñeranda, les solicita a todos los rectores de las instituciones educativas oficiales y privadas dar cumplimiento a la ley 1227 de 2008, brindando el apoyo en instalaciones cubiertas bajo techo, para la realización del Proceso electoral del 2014 para congreso, parlamento andino, presidente y vicepresidente.