El Secretario de Educación CARLOS ARTURO CHARRIA HERNANDEZ, mediante Circular No. 0018 de Enero 29 del 2020, orienta todo el proceso que las Instituciones Educativas deben informar a la comunidad mediante los diferentes equipos de gestión, teniendo en cuenta lo Directivo, Académico, Administrativo y Financiero, lo que permite de primera mano conocer detalladamente el grado de avance de cada una de las metas, fines, objetivos y actividades que se planificaron, tanto a nivel presupuestal como en el mejoramiento de la Calidad Educativa.
En el Proceso de Rendición de Cuentas se realiza en cada Institución Educativa y participan: el Rector, los Equipos de Gestión, Docentes, Administrativos, Alumnos y Autoridades Comunitarias. El objetivo no es otro, que dar a conocer todas las acciones que adelantan, lideran y proyectan dichas Instituciones Educativas para el bienestar de nuestros Niños, Niñas y Jóvenes. En este sentido, los Rectores tienen la obligación de informar y responder como lo establece el Decreto 4791 del 2008, y la ciudadanía tiene el derecho a ser informada y pedir explicaciones sobre las acciones adelantadas por la administración de los Establecimientos Educativos y, cuando se habla de administración, no se hace referencia solamente a las finanzas, sino en todas y cada una de las cuatro áreas de gestión (Directiva, Académica, Administrativa y Financiera), buscando la formación de nuevos escenarios, capacitando al estudiante y simultáneamente contribuyendo en la resolución de conflictos que se presenten, creando así mejores ambientes de aprendizaje.