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SERVICIO DE FOTOCOPIADO EN INSTITUCIONES EDUCATIVAS DEBE ENCONTRARSE AUTORIZADO

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SERVICIO DE FOTOCOPIADO EN INSTITUCIONES EDUCATIVAS DEBE ENCONTRARSE AUTORIZADO

Nos permitimos informales que el Gobierno Nacional, mediante el Decreto 1070 de 2008,estableció en su artículo 1° que los establecimientos educativos en los que se preste el servicio de fotocopiado, deben contar con la autorización de los titulares de derechos o de la sociedad de gestión colectiva que los represente.

Para cumplir con el requisito, debe solicitar dicha autorización, si se encuentra dentro de los siguientes casos:  Si el Colegio presta el servicio de fotocopiado; Si el Colegio tiene algún tipo de concesión o en arriendo a terceros, espacios para prestar este servicio, o lo hace a través de un proveedor externo, es necesario solicitarles de inmediato la correspondiente licencia, ya que la institución es solidariamente responsable del cumplimiento de la norma.

Para ver toda la informacion relacionada con el tema ingresar a la pagina www.cdr.com.co

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