En atención al listado de admitidos publicado el día 03 de julio del presente año, se hace necesario realizar correcciones formales por errores de digitación en algunos documentos de los aspirantes seleccionados, lo anterior en sintonía con el Articulo 45 de la Ley 1437 de 2011:
“ARTÍCULO 45. CORRECCIÓN DE ERRORES FORMALES. En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda.”
CONSOLIDACION DE RESULTADOS CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN CUATRO VACANTES DEFINITIVAS Y UNA VACANTE TEMPORAL DEL CARGO COORDINADOR, MEDIANTE LA MODALIDAD DE ENCARGO Y CONFORMACION DEL BANCO DE ELEGIBLES PARA LA VIGENCIA 2026
Dando cumplimiento a las disposiciones legales y de conformidad con lo dispuesto en Circular No. 016 de 12 de mayo de 2026, el
