Sólo se podrá cubrir por HORAS EXTRAS DOCENTES los siguientes casos: incapacidad por enfermedad (del día 4 al día 30), prorroga de vacaciones por licencia de maternidad, licencias no remuneradas.
mas información en la circular 0010
Sólo se podrá cubrir por HORAS EXTRAS DOCENTES los siguientes casos: incapacidad por enfermedad (del día 4 al día 30), prorroga de vacaciones por licencia de maternidad, licencias no remuneradas.
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Dando cumplimiento a las disposiciones legales y de conformidad con lo dispuesto en Circular No. 28 del 16 de julio de 2024, el
De conformidad el articulo 2.4.2.1.2.9 del Decreto 1075 de 2015, la Secretaria de Educacion del Municipio de San José de Cúcuta se permite
Siguiendo los lineamientos emitidos por la Comisión Nacional del Servicio Civil CNSC-Acuerdo 617 de octubre 10 de 2018, la Subsecretaría de Talento Humano