Se les comunica que el acuerdo 000137 del 14 de Enero de 2010 de la Comisión Nacional del Servicio Civil, establece que “ Evaluación anual u ordinaria abarca el periodo comprendido entre el (01) febrero y el (31) de enero del año siguiente; se debe producir a mas tardar (15) de cada año e incluye dos evaluaciones parciales semestrales”